Plasencia-Cáceres: centralidad versus capitalidad en la desorganización territorial de la Alta Extremadura



CAMPESINO FERNÁNDEZ, Antonio-J.
Plasencia-Cáceres: centralidad versus capitalidad en la desorganización territorial de la Alta Extremadura
VV.AA.: Libro Homenaje "in memoriam" José Luis Cruz Reyes. Cáceres, Universidad de Extremadura, 1989, pág. 235 y passim.

Este trabajo de investigación de la Universidad de Extremadura es todo un estudio de ordenación territorial, de profunda base investigadora bibliográfica, en el que se recopilan y analizan con rigor los datos en los que históricamente fundamentó la ciudad de Plasencia sus aspiraciones a ser la capital de la provincia: ventajas naturales, económicas y políticas de su mayor centralidad territorial. Para un geógrafo urbano constituye una agradable sorpresa encontrarse esta claridad conceptual de centralidad como «importancia de un lugar en relación al área que sirve y en la que se desenvuelve proyectando funciones centrales de ordenación territorial», anticipada en una centuria a su difusión por Christaller en 1933.

En su lectura se constata que Plasencia tuvo superiores méritos para haber sido designada capital de la provincia en 1822 y 1833 y, sin embargo, el poder (los tres diputados de la Alta Extremadura eran naturales de Cáceres), apoyado en la existencia en Cáceres de la Audiencia Territorial, impulsó la designación de Cáceres por una serie de arbitrariedades y criterios sesgados, ya que la villa de Cáceres, excepto en lo tocante a mayor población local y uniformidad de costumbres, no reunía ni una sola de las condiciones exigidas por la Comisión para ser capital de la provincia. Los comentarios de los responsables placentinos de la época para hacer valer sus ventajas frente a Cáceres no tienen desperdicio.


1. LOS CIMIENTOS DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL DE EXTREMADURA

Extremadura inicia en el XVIII su configuración administrativa como entidad regional diferenciada. La denominación de su marco territorial «autónomo» la formula, el Vecindario General de España (VECINDARIO, 1717), atribuyéndole un volumen de población de 60.393 vecinos, 242.000 almas perdidas en una superficie de 37.001 km2, el 7,8 por 100 de la nacional (MARCOS, 1971), con una bajísima densidad de ocupación de 6,5 hab/km2.

Aparece incluida entre las 31 provincias en que se estructura el precedente de división política- administrativa del territorio español, obra de Floridablanca (FLORIDABLANCA, 1785), con ampliación a 34 en la última división provincial del Antiguo Régimen de 1799. El ámbito de la provincia se subdivide en ocho partidos de enorme extensión territorial, controlados por las más significadas ciudades y villas históricas: Alcántara, Cáceres, Plasencia y Trujillo en la Alta Extremadura, y Badajoz, Llerena, Mérida y Villanueva de la Serena en la Extremadura Baja. A la debilidad demográfica se une la irracionalidad distributiva por efecto de una marcada concentración de los efectivos humanos en 7 ciudades, 228 villas, 130 aldeas y 11 corregimientos, alcanzando el 73% la tasa de polarización de residentes en núcleos superiores a las 1.000 almas.

A finales de siglo, Larruga (LARRUGA, 1795), propone una población en torno a los 100.000 vecinos, unas 417.000 almas, el 3.95 por 100 de los recursos humanos del país (10,5 millones), con una densidad de 9,5 hab/km2, frente a una media nacional de 22,9 (ROMERO, 1973). que la sitúa en el penúltimo lugar de las provincias españolas, lo que escandaliza a Ponz (PONZ, 1784), por el hecho de que « ...una Provincia de estas dimensiones tuviese menos vecinos que una sola ciudad de las principales de Europa... ».

Pese a su configuración administrativa en el XVIII, -pues no en vano se había creado una intendencia en 1720 con capital compartido entre Mérida y Badajoz, y conseguido una vieja aspiración en 1791, la Audiencia Territorial, con sede en Cáceres, un servicio de rango superior que terminaba con los peregrinajes jurídicos a las Chancillerías de Valladolid y Granada-, región extremeña y capitalidad se encontraban aún por definir.


2. LA ORGANIZACIÓN CENTRALISTA DEL ESTADO LIBERAL

Pese al talante liberal, los legisladores gaditanos de 1812 implantan un centralismo administrativo de tipo francés que contribuye hasta el presente, con sucesivas inyecciones vitamínicas a la desorganización territorial de España.

Racionalidad y eficacia exigen la reordenación del territorio, tratando de establecer las bases de una España diferente a la del pasado. Extensión, población y producción, procurando no mezclar habitantes, con leyes, costumbres y lenguas diversas, serán los argumentos de las nuevas propuestas de división provincial contenidas en los proyectos de Felipe Bouzá, el primero de 1813, encargado por la Regencia, que aumenta a 44 el número de las provincias, tras la abolición de los señoríos jurisdiccionales y la incorporación de los pueblos a la Corona (DECRETO, 1813), y el segundo de 1821, propiciado por el Gobierno Constitucional.

El proyecto de División del Territorio español, elaborado por la correspondiente Comisión parlamentaria en 1821, eleva las provincias a 51 por desdoblamiento de las ya creadas, reorganizando sus límites para la eliminación de enclaves, creando las Diputaciones provinciales como brazo derecho del Gobierno central en sustitución de las Intendencias y defendiendo los ayuntamientos existentes. Los objetivos de las subdivisiones respectivas estriban en robustecer el sistema constitucional, permitiendo a cada provincia conocer sus recursos disponibles en la administración de sus propios intereses y aproximar los representantes a los representados, con incremento de jefes políticos y autoridades locales.

Este diseño promueve la ampliación de entidades provinciales intermedias entre las dimensionadas provincias y los atomizados municipios, aumentando el número de los partidos, para encomendar a estas células las diferentes competencias judiciales, electorales y administrativas dimanadas de la Constitución de Cádiz (MARTÍN, 1973).

Los nuevos criterios de régimen local responden a determinadas premisas básicas: escalonamiento y división de poderes, independencia municipal, representación legal de cada municipio por su ayuntamiento, fin de la explotación por las antiguas cabeceras y máxima eficacia administrativa con mínimo coste. Por efecto de la autarquía económica se mantienen todos los ayuntamientos del pasado, multiplicando su número y el de sus términos municipales en aquellas localidades que por si solas reúnen una población de 1.000 almas e incluso menos, si lo requieren sus particulares condiciones económicas y expresamente lo solicitan.

El liberalismo opta por esta atomización municipal (en 1835 un mínimo de 100 vecinos, 500 habs., y en 1845, 30 vecinos, 150 habs.), porque considera que los ayuntamientos son el primer cimiento del gobierno interior de la Nación y porque el pequeño municipio se adapta mejor a la idiosincrasia española, «... por cuanto más dividido esté el terreno y más claro vea cada uno lo suyo, tanto más pacífica y feliz será la sociedad... », dando lugar a una red municipal uniforme y autárquica que sustituye al conglomerado heterogéneo del Antiguo Régimen.

Los principales obstáculos radican en la impotencia de las autoridades para controlar el territorio de las provincias más dilatadas, lo que provoca conflictos, levantamientos y disturbios, así como numerosas reclamaciones por asuntos de mantenimiento o aspiraciones de obtención de la capitalidad. En este aspecto, que constituye el argumento central de nuestra reflexión presente, -en proceso de análisis comparativo para las restantes provincias españolas-, la Comisión parlamentaria no se mostró nada liberal, sino francamente reaccionaria con Extremadura.

Sin apenas alteraciones del proyecto anterior se aprueba la reorganización territorial el 27 de enero de 1822, constituyendo una nueva configuración administrativa provincial que, aunque provisional, inspira de manera notable la actual de Javier de Burgos, procedente del Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, que reconoce la deuda contraída con el legado de la división liberal.

Tres decenios después de Ponz no habían servido para modificar las impresiones geográficas que sobre la Extremadura de comienzos del XIX se recogen en las crónicas de los viajeros, perfectamente asumibles en el presente:

«. .. Extremadura es una de las grandes provincias de España; hoy (1809) cuenta 428.493 habitantes; y como su extensión es de 2.000 leguas quadradas, de ahí que se caminan espacios inmensos por ella, sin encontrar una población, una barraca, un hombre, ni casi un pedazo de tierra cultivada; los dueños no hacen trabajar las tierras, prefiriendo el arrendarlas para pastos del ganado lanar trashumante y de cerda, computándose los que pasan allí el invierno en 4 millones de cabezas, por donde es fácil concebir la extensión del terreno que necesitan una provincia que produce poco, que fabrica aún menos, y que debe recibirlo quasi todo de las otras, no puede ofrecer la idea de un comercio floreciente, por consiguiente debe empobrecerse de día de día, añadiéndose por otra parle la dificultad de la exportación; los caminos de Extremadura, más parecen obra de la naturaleza que del arte y las posadas son las peores de toda España; reyna en ellas el desaseo, la incomodidad y la escasez de provisiones; es la provincia de España de menos establecimientos para la enseñanza de las ciencias y las artes; sus habitantes ocupan un país aislado; carecen de las ocasiones de comunicación y acaso a este poco trato se debe la falta de comodidades de vida y más bien del conocimiento de ellas; la inacción de que se les acusa merece indulgencia; pues estando mal pagados de sus afanes, y viviendo en un país en que los comestibles y géneros son superiores a sus facultades, sin esperanza de mejorar su suerte, desmayan del trabajo. Más quando hallan en que emplearse con ventajas, son infatigables y solícitos, trabajando sin descanso... » (LABORDE. 1816).

El intento de racionalización del territorio extremeño con la división en dos provincias (Cáceres y Mérida) ya aparece explicitado de forma provisional en 1821, consolidándose definitivamente en las de Cáceres y Badajoz desde el 27 de enero de 1822. Un reparto desigual del territorio y de sus efectivos humanos que favorecen a la Baja Extremadura: Badajoz, 21.657 km2 y 301.225 habitantes, frente a Cáceres, 19.945 km2 y 199.205 habitantes, con repercusiones políticas al otorgar a la primera un diputado más en las Cortes (4 contra 3). De esta forma se configura un marco territorial de 41.602 km2 para cobijo de medio millar de habitantes.

Los retoques en los límites externos de la región son continuos. Así en la división de 1822, a la Extremadura Alta se le agregan: Las Hurdes, Descargamaría, Robledillo, Villamiel, San Martin de Trevejo, Trevejo, Baños y Hervás, todos ellos pertenecientes a Extremadura y traspasados a Salamanca en 1821; de la provincia de Ávila fueron anexionados los de Berrocalejo, Puebla e Naciados, El Gordo, La Calzada, Herreruela, CaleruelaPuente del Arzobispo, Torrico y Alcolea de Tajo, de la de Toledo, Talavera la Vieja, Peraleda de Garvín, Guadalupe, Bohonal, Abellaneda, Castañar de Ibor, Navalvillar de Ibor y Nava entre Sierra. Los expresados en cursiva serían devueltos con posterioridad a sus provincias originarias.

Del inmenso partido de Trujillo del XVIII, el sector suroriental pasa a Hinojosa del Duque, en la provincia de Córdoba. Por su parte, la Baja Extremadura se enriquece por la adición de Fregenal de la Sierra, perteneciente a Sevilla, y con la incorporación de la Olivenza portuguesa (1801), al partido de Badajoz (MELÓN, 1958).

La adecuación de las provincias a la nueva división administrativa supuso la refundición y desdoblamiento de los 8 partidos del Antiguo Régimen en 18: Alcántara, Cáceres, Caria, Montánchez, Navalmoral, Plasencia, Trujillo y Valencia de Alcántara en la Alta Extremadura; Almendralejo, Badajoz, Castuera, Fuente de Cantos, Herrera de la Serena, Jerez de los Caballeros, L1erena, Mérida, Villanueva de la Serena y Zafra, con dos de superávit para la Baja Extremadura.

Al confusionismo creado en la población por las demarcaciones de Corregimientos, Alcaldías mayores y Ayuntamientos. se añade el de las nuevas divisiones administrativas de los partidos judiciales. Para la división y arreglo de los Corregimientos del distrito, la Real Audiencia envía dos interrogatorios a los Ayuntamientos de Extremadura en 1829, con cuyas respuestas se procederá en 1834 a la división del territorio en 27 partidos judiciales por la incorporación a Cáceres de los de Garrovillas, Hervás, Hoyos, Jarandilla y Logrosán, y Don Benito, Fregenal, Olivenza y Puebla de Alcacer, a Badajoz (MUÑOZ, 1960-1963-1964).

A estas unidades territoriales se les asigna un marco espacial de competencias que engloba, junto a la cabecera de partido, a los ayuntamientos y términos municipales correspondientes, tal y como se desprende de la valiosa información recogida en el Archivo Histórico de Cáceres, de fecha 14 de abril de 1829.

A efectos de comparaciones posteriores recogemos para la fecha indicada en el Cuadro 1, únicamente la distribución de los municipios y efectivos humanos en vecinos y habitantes de la provincia de Cáceres, agrupados dentro de los partidos judiciales en que fueron incluidos. En el caso de Plasencia, una de las grandes jurisdicciones históricas de la Alta Extremadura, su partido fue ampliamente recortado por los añadidos a los de Jarandilla y Hervás. También Cáceres debió ceder a Garrovillas parte del territorio que tutelaba con antelación, y el inmenso de Trujillo se fraccionó entre los de Navalmoral, Logrosán, Don Benito, Herrera del Duque y Puebla de Alcocer.

CUADRO I


3. PLASENCIA-CAPITAL O LA CRÓNICA DE UN PROYECTO IMPOSIBLE

La dura batalla legal librada por Plasencia y su Tierra para la consecución de la capitalidad de la Alta Extremadura, desde el verano de 1821 hasta finales de 1840, no constituye un hecho singular en el reivindicativo mapa geográfico sobre el que gravita la división provisional del territorio español, pero merece a nuestro juicio la inversión de estas páginas.

Las fuentes sobre las que apoyamos nuestro trabajo son, de un lado, los recursos y alegaciones enviados a las Cortes por el Ayuntamiento Constitucional de Plasencia y los pueblos situados a la derecha del Tajo, documentación conservada en el archivo de la Diputación de Cáceres; de otro, el seguimiento en su totalidad de la discusión en el Congreso de los Diputados del proyecto de División del Territorio español, a partir de la Gaceta de Madrid, portavoz oficial del diario de Sesiones de las Cortes Extraordinarias en los períodos legislativos de 1821 y 1822.





4. LOS ARGUMENTOS DE PLASENCIA

Ciñéndonos al tema que nos ocupa, la Comisión entiende que las bases principales para la designación de las provincias son: la población, la topografía o circunstancia locales de situación y la mayor centralidad territorial y movimiento económico. Las dos últimas encaminadas « ...a proporcionar la capital en donde la incomodidad de los pueblos sea menos y la actividad del Gobierno más expedita para la comunicación, con menores dispendios para los que acuden a ella... ». Otras consideraciones a tener en cuenta son la residencia de la Silla Episcopal. la abundancia de edificios para oficinas, y la uniformidad de costumbres. En todas estriba Plasencia sus razonamientos, contrastando su situación frente a Cáceres, a tenor de las condiciones exigidas por la Comisión.

En materia de población es preciso establecer dos escalas diferentes. A nivel local, aunque Plasencia considera una circunstancia menor la distancia en la jerarquía entre sus 1.093 vecinos, 4.219 habitantes, y los 1.835 vecinos, 7.340 habitantes de Cáceres, no se le oculta que constituye una baza en su contra. Otra cosa muy distinta es el grado de humanización del territorio a la derecha e izquierda del río Tajo, fosa natural que divide a la provincia en dos mitades, periódicamente infranqueable por las avenidas y que de ordinario ha de cruzarse en barca, configurándose en condicionante adverso de aislamiento e incomunicación. De los 199.320 habitantes que la Comisión reconoce para la Alta Extremadura en 1821, distribuidos en 213 pueblos, más de 120.000 se ubican en los 139 pueblos de la derecha del Tajo, mientras que 79.000 lo hacen en los 74 restantes de la izquierda, lo que equivale a decir que el 60% de los recursos humanos se instalan sobre el 65% de los municipios y que la mayoría gravita sobre el área de atracción de Plasencia. Esta desigualdad en la repartición se mantendrá en el definitivo Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, que acredita para la provincia 241.328 habitantes, de los que 136.898, el 56.7%, residen en los 133 pueblos de la derecha del Tajo. En una región incomunicada en sí misma, el factor distancia a la capital, agravado por la necesidad de cruzar el Tajo en barca y por el bandidaje que infesta sus riberos, se convierte a la vista de la distribución del poblamiento, en un hecho incuestionable, como puede comprobarse en el Cuadro II:

CUADRO II

Plasencia demuestra que internamente los pueblos deben andar una distancia de 946 leguas más estando la capital en Cáceres y que a ella la separan de la Corte de 8 a 9 leguas menos que a Cáceres (1 legua = 5,572 km), sin encontrar el obstáculo del Tajo ni el Puerto de Miravete, por lo que es más breve y menos costosa la comunicación. Apoya su discurso en criterios geográficos de situación entendiéndola como «la ubicación de la ciudad en relación con hechos naturales susceptibles, en el pasado o en el presente, de influir en su desarrollo, el cual a su vez se encuentra vinculado a su facilidad de irradiación” (GEORGE, I974) . La situación está íntimamente ligada a la agilidad de las comunicaciones, factor que convierte a Plasencia desde el siglo XIII en encrucijada de caminos con función mercantil, regulada en el Fuero, punto de contacto y concurrencia para los intercambios entre economías complementarias (sierra-valle, secano-regadío), lo que obviamente se traduce en amplitud de la oferta y precios competitivos.

Con los razonamientos anteriores, Plasencia manifiesta las ventajas naturales, económicas y políticas de su mayor centralidad territorial. Un concepto que se maneja de forma reiterada en los debates parlamentarios y que la Comisión entiende acertadamente al defender «que la capital de la provincia no ha de ubicarse en el centro geométrico del territorio, sino más bien en el de mayor población y movimiento industrial de ella». Para un geógrafo urbano constituye una agradable sorpresa encontrarse esta claridad conceptual de centralidad como «importancia de un lugar en relación al área que sirve y en la que se desenvuelve proyectando funciones centrales de ordenación territorial», anticipada en una centuria a su difusión por Christaller en 1933.

Plasencia justifica que criterios de centralidad en la antigua provincia de Extremadura de finales del XVIII movieron a la instalación en Cáceres de la Audiencia Territorial, buscando el relativo centro geométrico de la región, pero que ahora, al dividirla en dos provincias, Cáceres ha perdido esa posición ventajosa, ya que dista de la línea divisoria de 4 a 5 leguas, cuando Plasencia está a 8 por los puntos más inmediatos. Además alega razones políticas, porque Plasencia se encuentra a mitad de camino entre la provincia de Badajoz y la de Salamanca y no existe en este dilatado trayecto autoridad provincial alguna que controle los grandes despoblados llenos de montes oscuros y maleza, refugio de malhechores.

En lo concerniente a la premisa del movimiento económico difícilmente puede rebatirse la superioridad de Plasencia y de los seis sexmos (Campo Arañuelo, La Vera, El Valle, Trasierra, Coria y Galisteo), que comprendía su tierra antes de la división en partidos judiciales. Por su interés reproducimos íntegramente el comunicado que un anónimo conciudadano de iniciales V. G. remite al periódico local y que tiene valor de apasionada relación topográfica, ocho años anterior al interrogatorio de la Real Audiencia y veinte a la obra de Madoz:

"…Plasencia, situada a la derecha del río Xerte, es abundante de labor, de las quatro semillas de trigo, centeno, cebada y avena, motivo por que no necesita lo entren estos artículos de otras provincias para la subsistencia de sus habitantes; el recinto está poblado y vestido de heredades de viñas, y olivares, y una espaciosa ribera de huertas, en las que sembrar y en las viñas hay muchos árboles frutales de todas clases que sus frutas son de un paladar muy delicado, dentro de la población y jardines que hay en las casas, hay abundantes árboles frutales de espino de todas clases, y de la mejor calidad, y también de otras especies; hay muchos ganaderos de vacuno, lanar, cabrio y cerdoso, y grangeros de colmenas y de seda; se cogen muchos y esquisitos vinos que compiten con los mejores de la península; aceite en abundancia que no puede consumir y tiene su salida para las dos Castillas: las legumbres son abundantes y escelentes, que del propio modo salen por no poderse consumir tanto para los pueblos inmediatos como para las Castillas, e izquierda del Tajo. La caza menor, quadrupeda y de ala por su abundancia nunca falta de los puestos públicos, y a tiempos la de reses mayores; se consumen carnes muy saludables: no se carece del buen recental, cabritos, aves, ni pescados que producen el Xerte, Tietar y Alagón: hay botillerias de bebidas heladas y calientes de toda clase de superior calidad y gusto, sin que falte cosa alguna para la subsistencia del hombre en la plaza de la Constitución, ni otros puestos. A los mercados semanales es mucho el concurso de gente que acude tanto del país, como de Castilla, Mancha y otras provincias; son muchos los artículos de subsistencia y conveniencia que se presentan en dicha plaza; por manera que de aquí se surten especialmente de los de subsistencias la izquierda del Tajo, sin que de esta venga otro comercio que la cal de Cáceres; del Arroyo del Puerto pucheros; de Garrovillas zapatos de baca, y dos, o tres veces a el año los pescadores de albur y orihuelo; los precios de todo son muy moderados. Hay abundancia de nieve, leña y carbón toda la Extremadura baja no solo se sirve de la nieve de las sierras de la derecha del Tajo, sino también de todos los demás que no produce la izquierda, de que no deja de aprovecharse Cáceres de los sobrantes; y puede asegurarse sin exageración que la derecha del Tajo no necesita de ninguna de las producciones de las de la izquierda, por que todo está en abundancia, y en muchos más artículos que no conocen aquellos habitantes, sino se proveyeran de Plasencia y sus sexmos. En quanto a las particularidades de la población, diré aunque de paso, alguna cosa, por no ser inflexible a la razón ni faltar al respecto de un amigo. Plasencia tiene fábrica de paños; fábricas de sombreros, aunque bastos; treinta y una fuentes, para surtido del agua del público; tiene edificios grandes y proporcionados para qualquier destino que quiera dárseles; hay fábrica de curtidos; quatro hospitales, uno general; una casa de misericordia; una inclusa, siete molinos arineros; seis para la elaboración del aceyte; tres para la del chocolate; un Batan; quatro hermosos puentes; dos pontones; buenos y excelentes paseos alrededor de la ciudad e isla, y otros mas ocultos. En las heredades y campos hay muchos manantiales con abundancia de exquisitas aguas, y muchas de ellas muy medicinales, cuyo uso a los que las necesitan, les surten efectos maravillosos. Hay escelentes artistas y menestrales; y finalmente al que se le ofrezca alguna duda de quanto se manifiesta en este discurso, una vista ocular será la mejor prueba que le convenza. Concluyo diciendo, que si el suelo de Cáceres, y de la izquierda del Tajo, fuera tan ameno y abundante en frutos, y otros artículos de subsistencia como el de Plasencia y sus sexmos, no se vieran en la necesidad aquellos naturales a buscar su sustento por medio de tragineria, con esposición inminente de sus vidas…“ (LA AURORA, 1821).

No estamos ante un documento oficial, sino ante un artículo periodístico en el que, subjetividad aparte, pone de manifiesto, en idénticos términos a los contenidos en los recursos que Ayuntamiento, pueblos de los sexmos y partido elevan a las Cortes, el derecho y las ventajas contrastables de Plasencia sobre Cáceres para detentar la capitalidad:

«... Cáceres y pueblos de su entorno sólo son abundantes de trigo y pastos. Si quiere frutas, vinos, lino, garbanzos, patatas y otra multitud de artículos tiene que surtirse de Plasencia, su Vera y Valle. La plaza de Cáceres sólo está surtida escasamente hasta las ocho de la mañana, mientras la de Plasencia está provista todo el día de continuo por medio de más de treinta Regatoneras de todo género de comestibles. En Cáceres hay dos fuentes, y sólo una de ellas sirve al surtido público, penosa para el transporte del agua, cuando Plasencia sobre estar bañada del río Jerte y tener cinco fuentes perennes alrededor, tiene una famosa Cañería que surte diez y ocho fuentes públicas, y doce particulares que también sirven al público, Plasencia y su tierra es abundantísima de maderas de pino y castaño, roble y encina, cuando Cáceres carece absolutamente de las tres primeras y escasea de la última (¿), teniendo que surtirse de los pinares del Tietar (tierra de Plasencia) y de otras partes distantes. Plasencia está situada en la carrera de comunicación de las Castillas y Extremadura. cuya circunstancia hace que su plaza sea un mercado continuo de granos y pescados que baxan de los puertos del norte de la península, (posición conforme a lo que la Comisión exige en pág. 26, linea 8). Cáceres carece de esta ventaja. Deduciéndose de todo que Plasencia por todos conceptos proporciona más abundancia en los comestibles que Cáceres, resultando de ésta la disminución de los precios... » (REPRESENTACIONES, 1821).

Restan por contrastar otros aspectos que englobamos dentro del apartado de servicios y equipamientos. En el caso de la residencia de la Silla Episcopal, no puede calificarse de menor por la importancia de la función y el alcance de su área de influencia. Plasencia es cabeza de un obispado dilatadísimo, distante unos 45 km del de Coria -situado asimismo a la derecha del Tajo-, con Seminario Conciliar, capital de su Regimiento Provincial, y de una de las Provincias del ramo del Crédito Público señalada por las Cortes anteriores, cabeza de Corregimiento y Administración principal del partido, causas que entre otras impelieron a la Comisión a elegir por capitales de sus provincias respectivas a Chinchilla, Almería, Santander, Tarragona y Zamora.

Tampoco a escala local puede calificarse de leve el problema de la dotación de edificios para albergar a las nuevas oficinas provinciales:

«... Cáceres sólo puede contar con dos edificios públicos que son el Colegio de ex Jesuitas y el Convento suprimido de Santo Domingo, Plasencia dispone de un Colegio de ex Jesuitas capaz de admitir cómodamente todas las oficinas de una capital; el Convento suprimido de los Observantes descalzos de San Francisco, el Colegio de S. Fabián, donde puede trasladarse el Hospicio que en el día ocupa el de los ex Jesuitas y un Hospital General, que por su grandeza en fábrica es susceptible de cuanto se quiera, trasladando éste al llamado en las Llagas extramuros de la ciudad, aunque sólo a veinte pasos de distancia de ella; además tiene otros dos edificios grandes y capaces para cuarteles o para lo que se les quiera destinar, siendo de esperar que muy en breve quedará desocupado el Convento de S. Francisco Calzado; tiene hace muchos años imprenta; en Cáceres hay tres posadas que además de no ser nada cómodas son tan caras como las fondas de la Corte; Plasencia tiene doce, muy equitativas en comparación con las de Cáceres...».

Sobre el carácter y costumbres de los habitantes de una y otra parte del Tajo, Plasencia se abstiene de hacer comparaciones, que podrían parecer odiosas, aunque matiza que los de la derecha están continua y constantemente aplicados en todas las estaciones del año a los diferentes trabajos de riego que exige la diversidad de productos e industria con el beneficio del agua que disfrutan, por lo que entiende se les debe distraer menos de sus obligaciones acercándoles la capital; al contrario de lo que ocurre en los desiertos terrenos de secano de ciclo largo y puro pasto a la izquierda del río donde la curva de trabajo es estacional.




5. EL VEREDICTO DE LA COMISIÓN

La comisión parlamentaria que elabora el anteproyecto de División del Territorio Español (D.T.E.), lo ultimó durante la primavera de 1821, procediendo a dar la primera lectura al dictamen en Sesión Ordinaria de 19 de junio, para iniciar la discusión en su totalidad con la apertura de las Cortes Extraordinarias de 24 de septiembre de 1821, hasta su aprobación definitiva el 27 de enero de 1822.

Por parte de algunos diputados se alega que los datos que han servido de base a la Comisión no tienen la exactitud que una operación tan delicada exige, y que la urgente necesidad de efectuarla no les ha permitido disponer al menos de dos imprescindibles: la carta topográfica y una estadística apropiada, haciendo caso omiso de una variable como la riqueza territorial, desconociendo el terreno y otras mil circunstancias. Idénticos planteamientos formulaba Plasencia el 22 de septiembre de 1821, ocho días antes que se dejasen oír en las Cortes:

«... Este Ayuntamiento está firmemente persuadido que si los encargados de la división hubiesen tenido un exacto conocimiento de la situación topográfica de la Extremadura Alta y de las demás cualidades y circunstancias que van indicadas, y se hallan comprobadas por cuantos Geógrafos han escrito en la materia nunca hubieran preferido a Cáceres sobre Plasencia para fixar la capital... ».

Elocuentes alegatos para la intervención de los geógrafos en la próxima ordenación del territorio…

El debate del Art. 2º, sobre definición de provincias y capitales respectivas, afecta a Extremadura en la Sesión del 9 de octubre de 1821. Se comienza por la Alta, interviniendo el Sr. Echevarría que hace saber a la Cámara los infinitos perjuicios derivados de situar la capital donde propone la Comisión (en la vílla de Cáceres), para una gran mayoría de pueblos, por la incomunicación del Tajo en invierno de 20 a 30 días, debido al destrozo de los puentes tras la Guerra de la Independencia, de todo lo cual había sido testigo durante su residencia en Coria. Efectivamente, los dos únicos puentes del XIX para vadeo del caudaloso Tajo, Alcántara al O. y Almaraz al E., distantes entre sí 170 km, fueron puestos fuera de servicio por la contienda decimonónica, pero debemos aclarar al Sr. Diputado que la ruptura de la vialidad entre Plasencia y Cáceres a través de la Vía de la Plata era secular, desde la demolición del puente romano de Alconétar en 1230.

Pidió de acuerdo con el Sr. Lobato se leyeran las representaciones hechas por el Ayuntamiento Constitucional de Plasencia y los pueblos de su tierra en las que se manifestaba, como ya hemos expuesto, la mayor utilidad que reportaría a la Extremadura Alta la capitalidad en la ciudad de Plasencia (REPRESENTAClONES, 1821).

La posterior intervención del Sr. Lobato insiste en dar crédito a los razonamientos municipales que, aunque reiterados, queremos reproducir en su integridad junto a los debates para que el lector extraiga sus propias conclusiones:

«Lo que voy a decir se me ha de rebatir con demostraciones, porque no basta con palabras; y hablando yo también con demostraciones, me remito a la representación del ayuntamiento constitucional de Plasencia en la cual se ve que todos los pueblos que están a la derecha del Tajo (que son muchos más) tiene mayor interés en que sea Plasencia la capital; es decir, hay doble número de pueblos más interesados en esto que en que lo sea Cáceres. Supuesto que una de las bases de que ha partido la comisión para fijar la capital es la comodidad de la mayor parte de la población, es evidente que debe ser Plasencia la capital. Con respecto a la localidad hay una demostración que no tiene réplica. Cuando Extremadura era una sólo provincia, y se trató de fijar la Audiencia en ella, se buscó el mejor punto de centralidad para el efecto, y ningún otro pueblo se pudo oponer a Cáceres. Por consiguiente si Cáceres era el centro de esta provincia cuando estaban unidas la Extremadura alta y baja, es claro que cuando se hayan dividido, lo que antes era centro habrá venido a ser un extremo. Si atendemos a la topografía resulta que Plasencia está en el centro de la provincia, y abraza además todos los pueblos de la Vera de su nombre; estos tienen una comunicación pronta y expedita con esta ciudad; llevan sus géneros a venderlos al mercado de Plasencia, y después trasportan los que sobran a Cáceres; de forma que con el sobrante de los géneros con que han surtido a Plasencia surten a Cáceres, y el decir lo contrario es una equivocación. Por lo que hace a los límites de esta provincia, cuando se trate del articulo 3º verán las Cortes que hay por su naturaleza que agregarla muchos pueblos de los de Castillas, todos los cuales están a favor de Plasencia, porque para su acceso a ella no tienen que vadear dos ni ir por otros malos pasos de esta naturaleza. Luego ¿en qué se puede fundar la preferencia que se da a Cáceres con respecto a Plasencia? Únicamente en que allí se puso la Audiencia, pero no se tiene presente que se puso cuando estaba en el centro, y ahora no existe tal centralidad, y por lo mismo la capitalidad debe ser en otro punto. Por todo lo que dejo referido opino que la capital debe establecerse en Plasencia con preferencia a Cáceres».

Consumido el turno de palabra, el Sr. Calatrava se opone a su señoría en términos políticos claramente sesgados y nada probatorios:

«El Sr. preopinante ha dicho que Plasencia está en el centro de la nueva provincia de Extremadura Alta, yo la verdad digo que es una equivocación; Plasencia está muy distante de ocupar el centro de la nueva provincia de que se trata, y para ello me remito al mapa que está en la mesa. Cáceres tampoco lo está; pero hay mucha diferencia de uno a otro. Debemos principalmente atender a la mayor comunicación que tengan las capitales y asimismo a la mayor población que tengan alrededor. Se ha dicho que a la mayoría de los pueblos se les sigue un trastorno de que la capital sea Cáceres; pero los pueblos a los cuales les es más ventajoso que la capital se ponga en ésta, no solo equivalen y aun sobrepujan en riqueza a los otros, sino aun en población.

Vea aquí el Sr. Lobato destruido todo el argumento en que ha fundado su opinión para decir que debe estar la capital en Plasencia. ¿Y hemos de sacrificar estos pueblos que están más inmediatos a Cáceres y que son de mayor población que los que están más cerca de Plasencia? No creo que deba hacerse así. Además en Cáceres reside la Audiencia, y por consiguiente tienen ya la mayor parte de los pueblos la costumbre de ir allí; y si se pusiese la capital en Plasencia, sería muy ridículo que tuviesen que ir a ésta por lo respectivo al gobierno político, y a Cáceres para los demás negocios. Además está aprobado poner allí una universidad; tiene un territorio más fértil y está en mejor disposición que Plasencia. Cáceres no necesita nada de la Vera de Plasencia, y es un error decir que se provee del sobrante de aquella. Por todas estas razones considero que las Cortes deben aprobar que sea Cáceres el nombre de la provincia de que se trata».

Declarado enseguida este asunto suficientemente discutido, quedó aprobada la provincia de Cáceres con capital en Cáceres (GACETA DE MADRID, 1821).

Llegados a este punto, las conclusiones que se desprenden de este contencioso las sintetizamos en:

- La Comisión prefirió mantener las antiguas capitales en la reaccionaria creencia de que «es más irritante perder lo que ya se tiene que seguir privado de lo que nunca se disfrutó». La única razón que podía mover a establecer en paraje diverso la cabeza de una provincia que ya la tenía era la mayor centralidad ...(¿); argumento contradictorio que la mantuvo en Cáceres frente a las razones de Plasencia e hizo perderla a Mérida ante Badajoz, con la descentralidad urbana más flagrante de la Península, potenciando la desorganización territorial de Extremadura.

- A ello contribuyeron razones políticas, ya que los tres diputados de la Extremadura Alta eran naturales de la izquierda del Tajo, por lo que los alegatos de Plasencia y su tierra tuvieron en las Cortes tan pobre defensa, anteponiéndolos representantes la intriga y los favores caciquiles a las demandas democráticas ajustadas a derecho.

De gloriosa puede calificarse la gestión de los políticos cacereños, tras de los cuales gravitaba el peso de la Real Audiencia, por cuanto la villa de Cáceres excepto en lo tocante a mayor población local y uniformidad de costumbres, no reunía ni una sola de las condiciones exigidas por la Comisión para ser capital de la provincia.


6. REPLANTEAMIENTO TERRITORIAL DE EXTREMADURA

Hemos insistido en diferentes trabajos (CAMPESINO, 1981-1983), acerca de la caducidad y periclitación de las estructuras administrativas y territoriales, todavía vigentes desde su gestación hace 165 años e inconcebiblemente refrendadas por la Constitución, en el nuevo Estado de las Autonomías.

La división de Extremadura en dos provincias ha dejado de tener razón de ser, y menos aún en tres como proponía Mallada en 1881 (NADAL, 1987), aún con el beneficio de la capitalidad placentina. Entre el Estado y las provincias existe hoy la región político-administrativa con unidad histórica y sociocultural discutibles, sin vertebración de sus piezas ni conciencia unitaria que aglutinen a los extremeños en la dura tarea de levantarla de su secular postración. Las Diputaciones, estructuras político-gubernativas del pasado, funcionan como poderes autónomos dentro de la Autonomía, haciendo gravitar sus decisiones sobre sus respectivas áreas provinciales de influencia, sin proyectos comunes de desarrollo regional que justifiquen su existencia. Los partidos judiciales cayeron en la obsolescencia con antelación, arrastrando en su caída a las propias cabeceras, desasistidas de funciones, mermadas de recursos humanos, y vaciadas de contenido por el insaciable efecto absorbente capitalino, beneficiario único y protagonista de los desequilibrios regionales.

El análisis de los asentamientos rurales nos sitúa ante un diagnóstico desolador. Aquella proliferación excesiva de entidades municipales del liberalismo decimonónico, obligadas a la autarquía en el forzoso aislamiento de sus términos, agonizan hoy al final de un proceso de desertización, con porcentajes escandalosos en Cáceres del 80% de ayuntamientos menores de 2.000 habitantes, más empobrecidos e irrecuperables cuanto más minúsculos.

Los deficientes servicios prestados hasta ahora por los municipios y que hoy son incapaces de asumir por su estado de regresión, no son atendidos por las instituciones provinciales polarizadas en las capitales respectivas, que salvando las mejoras en las relaciones de comunicación del último siglo y medio, continúan tan alejadas como entonces de los administrados, y del pequeño municipio a la nueva metrópoli regional el factor distancia en Extremadura es un condicionante adverso.

Desde 1965 se viene insistiendo en que la comarca es el soporte geográfico territorial más adecuado para salvar esa enorme distancia entre los gobiernos regional y municipal, como escala intermedia superadora de la división provincial y aglutinante de cometidos supramunicipales, para la consecución de un espacio funcional polarizado, definido por la centralidad -capacidad de atracción y difusión de bienes y servicios de su cabecera-, vocación económica y comunidad de intereses de sus pueblos e incentivo al reagrupamiento de servicios públicos dinámicos logrados a partir de la necesaria descentralización de funciones, injustamente monopolizadas por las capitales de provincia tras decisiones políticas arbitristas.

Regionalizar Extremadura es sinónimo de organizar el territorio desde presupuestos muy distintos a los esquemas inerciales y caducos imperantes. La región se construye de abajo a arriba, desde el conocimiento, valoración y decidida superación de las bolsas de pobreza y de los flagrantes desequilibrios internos, para lo que se precisan análisis de escala intermedia comarcal, en los que se definan nuevos límites territoriales y medioambientales de planificación y ello no se consigue con estudios diferenciados de laboratorio que pretenden reunir datos apresurados de espacios supuestamente comarcales, en ocasiones con solapamiento de varios organismos interesados en el mismo espacio geográfico. Se logra sobre el análisis, detección y diagnóstico científico de los problemas terrenales para que la responsabilidad política se encargue algún día de gobernar el territorio.

Sería vana pretensión por nuestra parte querer reivindicar para Plasencia la capitalidad de la Extremadura Alta, ni soñar con la inversión del proceso histórico. Únicamente apoyamos el hecho geográfico incuestionable de que Plasencia con sus 35.000 habitantes es un lugar central indiscutible, mercado y dorsal de desarrollo que reclama la descentralización capitalina y regional de competencias, equipamientos y servicios de rango superior. para poder aglutinar de nuevo los impulsos económicos de su tierra.

Queremos, tan solo, sintonizar con el elevado pensamiento del profesor Cruz Reyes, amigo y compañero, que dedicó su comprometida existencia de extremeño bueno a investigar sobre esta comarca, en defensa de sus intereses y de sus señas de identidad.


BIBLIOGRAFÍA

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